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¿Conoces la nueva ley de la DGT? Te detallamos todos los cambios que debes saber

El pasado mes de marzo entró en vigor la reforma de la ley de tráfico que el pasado diciembre aprobó el Congreso de los Diputados. Según la DGT, el cambio de normativa se adapta a los nuevos comportamientos de los conductores al volante, tales como el uso de los teléfonos móviles. Por primera vez se legisla sobre los nuevos medios de movilidad personal, como los patinetes, y se avanza en la protección de los ciclistas. Además, también hace especial énfasis en el uso correcto de los sistemas de protección (como el casco, el cinturón de seguridad o las sillas infantiles) y la protección del medio ambiente. Éstas son todas las novedades de la nueva ley punto por punto:

  • Desaparece el margen de 20 km/h para realizar un adelanto. Se trata del cambio más polémico y más criticado de la nueva normativa, pero según la DGT había que eliminar esa norma que no comparte ningún otro país europeo. Así pues, si hasta ahora para realizar un adelanto en una carretera convencional se podía superar en 20 km/h la velocidad permitida, ahora esto desaparecerá y comportará una sanción.
  • Sanciones más severas para utilizar el teléfono móvil. Augmenten de 3 a 6 els punts. Y no sólo para utilizarlo, sino por el simple hecho de tenerlo en la mano. 
  • Más multas por no utilizar bien los sistemas de seguridad. Suben de tres a cuatro los puntos a descontar por utilizar o no hacerlo de forma adecuada el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y otros elementos de protección.
  • Prohibido detectar radares. Hasta ahora sólo se sancionaba el uso de detectores de radares, pero ahora también será una infracción el simple hecho de llevarlo al coche. 
  • Respeto al entorno. A partir de ahora se sancionarán con mayor dureza todas aquellas acciones que puedan causar daños al medio ambiente, como no apagar el motor del vehículo mientras está parado o tirar cigarrillos por la ventana.
  • Normas para los patinetes. Esta nueva ley también hace referencia a los vehículos de movilidad personal, cada vez más presentes en la vía pública. Se establece que ni éstos ni las bicicletas ni ciclos podrán circular por las aceras y otras zonas peatonales. También, tendrán que utilizar casco de forma obligatoria. 
  • Lucha contra el alcohol. La nueva ley establece tasa cero de alcohol para menores de edad conductores de cualquier vehículo. Desde el 6 de julio de 2022, es obligatoria la incorporación de alcoholímetros en vehículos de transporte de viajeros (por ejemplo, autobuses escolares). No cumplir esto es una infracción muy grave (500 euros). Se añade como infracción leve (hasta 100 euros) por «incumplir la obligación de los conductores de estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo».
  • Cambios en la recuperación de puntos. Se unifica en un plazo de dos años el tiempo que deberá transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de 12 puntos, siempre que no haya perdido todo el saldo. Se podrán recuperar 2 puntos del carné por la realización de cursos de conducción segura certificados por la DGT. Sin embargo, la recuperación de estos puntos no será efectiva hasta que entre en vigor la regulación de las condiciones que deben cumplir dichos cursos.
  • Novedades en lo que respecta al permiso de conducir. A partir de ahora, se podrán establecer cursos de concienciación y sensibilización para la obtención del permiso o licencia de conducir, que podrán impartirse también online siempre que se asegure la interacción a través de un aula virtual. A més, utilitzar dispositius d’intercomunicació no autoritzats en els exàmens de conduir es considerarà una infracció molt greu, sancionada amb 500 euros i sis mesos sense poder presentar-se de nou. Por último, las empresas de transporte de personas y de mercancías podrán acceder «on-line» al registro de conductores para conocer si el permiso de conducir de sus trabajadores está vigente o no. Sólo se informará en rojo (no en vigor) o verde (en vigor).